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Sanciones disciplinarias en una empresa

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Sanciones disciplinarias en una empresa
Sanciones disciplinarias en una empresa

¿Te ha sancionado tu empresa y no estás conforme?

A lo largo de toda nuestra vida laboral como trabajador por cuenta ajena nos podemos encontrar con diferentes situaciones, entre las que se encuentra la posibilidad que seamos objeto de una sanción por parte de nuestra empresa.

Se trata de aquellas ocasiones en que nuestro empleador considera que hemos cometido una infracción tal que merece ser sancionada en virtud del poder disciplinario que le otorga el Estatuto de los Trabajadores.

Así lo indica la propia norma al señalar en su artículo 58 que:

los trabajadores podrán ser sancionados por la dirección de las empresas en virtud de incumplimientos laborales, de acuerdo con la graduación de faltas y sanciones que se establezcan en las disposiciones legales o en el convenio colectivo que sea aplicable.”

Qué hacer si has recibido una sanción disciplinaria de tu empresa

Por tanto, si tu empresa te ha notificado una sanción ¿qué puedes hacer?

No hacer nada:

A los efectos prácticos sería tal como mostrar nuestra conformidad con la sanción, bien porque consideramos que la misma es justa de acuerdo a los hechos que nos ha imputado la empresa, o bien porque consideremos que la repercusión de la misma no es lo suficientemente gravosa como para iniciar un pleito.

Por ejemplo, sería el caso en que nos amonestan verbalmente, pues al no tener ningún efecto directo sobre nuestro salario, empleo, etc, decidamos no interponer ningún tipo de reclamación.

Mostrar nuestra disconformidad con la misma:

Cuando no nos encontramos de acuerdo con la sanción que se nos ha impuesto y que puede producirse por varios motivos:

  1. Porque no estemos de acuerdo con la sanción ya que consideramos que los hechos que nos imputa la empresa son falsos o no son susceptibles de acarrear una sanción.
  2. Porque si bien consideramos que los hechos se han producido y pueden ser objeto de sanción, entendemos que la misma es excesiva ya que no son suficientemente gravosos.

Cómo mostramos nuestra disconformidad ante una sanción disciplinaria

En ocasiones, cuando un trabajador es sancionado y no está conforme con la misma, decide reclamar ante la empresa presentado un escrito o intentado hablar con su superior jerárquico, si bien es necesario alertar de que esta vía, por regla general, no sólo no causa ningún tipo de efecto, sino que no es la vía adecuada legalmente para mostrar tu disconformidad con la misma.

Por tanto, ante una situación de este tipo, lo que debes hacer es acudir a un abogado laboralista especializado en sanciones que te orientará sobre los pasos a seguir en atención a la concreta sanción que se te haya impuesto y sobre todo, quién podrá defender tus intereses a lo largo del procedimiento laboral.

Debemos tener en cuenta que cada sanción es única, en la cual se imputan unos determinados hechos que constituyen una infracción determinada.

Plazos para interponer una demanda contra la sanción disciplinaria que se me ha notificado

Al igual que ocurre en una situación de despido, no debes demorarte en acudir a un abogado especialista en sanciones laborales, pues desde que se te notifica la medida disciplinaria impuesta por la empresa, dispones un plazo de caducidad de 20 días laborales para interponer en primer lugar la papeleta de conciliación, momento en que se paraliza dicho plazo, e interponer la demanda ante los juzgados de lo social una vez que se produzca la conciliación.

Debemos tener en cuenta que la interposición de una demanda por sanción no conlleva la suspensión de las medidas impuestas por el empresario.

Puede interesarte el siguiente artículo: Plazos para ejercitar acciones en materia laboral

¿Qué puedo solicitar en un procedimiento de sanción?

En una demanda por sanción disciplinaria, el trabajador puede solicitar diversos aspectos. A título enunciativo que no limitativo:

  • Declaración de la sanción como no ajustada a derecho.
  • Indemnización por daños y perjuicios.
  • Retiro de las medidas impuestas.
  • Eliminación de la sanción del expediente disciplinario.
  • Salarios dejados de percibir como consecuencia de la sanción.

¿Qué defensa tengo en un procedimiento laboral sobre una sanción?

La defensa que tienes ante una sanción es la siguiente:

Intentar llegar a un acuerdo con la empresa en el Acto de Conciliación

Previo a la interposición de la demanda, es obligatorio acudir al servicio de conciliación administrativo, donde las partes, empresa y trabajador, generalmente a través de sus respectivos abogados, pueden llegar a un acuerdo sobre la sanción impuesta en los términos que consideren con el fin de evitar el juicio.

A modo de ejemplo, se puede conseguir que la empresa retire directamente la sanción impuesta, posibilidad de acordar que se aminore la misma o se disminuya el grado de gravedad, etc.

Acto de juicio

Una vez interpuesta la demanda por tu abogado laboralista, te citarán a juicio donde antes de entrar en sala habrá un nuevo intento de conciliación con el fin de llegar a un acuerdo en los mismos términos que el apartado anterior. En defecto del mismo, se celebrará el juicio.

En el acto de juicio, el trabajador, por medio de su abogado, deberá alegar todo aquello que considere oportuno.

A título enunciativo se puede hacer alusión a la posibilidad de considerar que la sanción se encuentra fuera de plazo, que los hechos no están suficientemente fundados y que la misma se basa en meros indicios, que la sanción no se encuentra correctamente tipificada, etc.

Durante el juicio, ambas partes plantearán todos los medios de prueba que consideren oportunos, ya sea documental, testifical, interrogatorio de parte, o pericial.

En los procedimientos por sanciones disciplinarias se invierte la carga de la prueba, por lo que deberá de ser la empresa la que acredite la existencia real de los hechos imputados en la sanción.

Nota: “Tened en cuenta que en ocasiones, en virtud del tipo de infracción, convenio colectivo de aplicación y características personales del trabajador (por ej. que sea un representante de los trabajadores), antes de interponer la sanción, la empresa puede tener la obligación de iniciar un expediente disciplinario interno con el fin de trasladar al trabajador los hechos investigados para que el mismo alegue lo que considere.

¿Qué tipo de sentencia puedo conseguir?

Una vez celebrado el acto de juicio, el mismo quedará visto para sentencia que se expresará en alguno de los términos siguientes, con diversas particularidades que pueden producirse en atención a las peticiones que se realizaron en la demanda:

  • Desestimar la demanda si entiende que la sanción es ajustada a derecho y han quedado probados los hechos.
  • Estimar la demanda en toda su amplitud. El juez considera que los hechos imputados no son constitutivos de una sanción o considera que los mismos no han sido suficientemente probados por parte de la empresa.
  • Estimar parcialmente la demanda. El juez considera que los hechos imputados existieron, pero los mismos no revisten la suficiente gravedad para interponer la sanción que se notificó.

20/02/2018

 

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