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¿Cómo protejo mi Marca?

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¿Cómo protejo mi Marca?

¿Cómo protejo mi Marca?
¿Cómo protejo mi Marca?

Con frecuencia cuando se emprende un proyecto o se desarrolla una nueva idea, se intenta que sea única y es ahí donde nace la necesidad de crear una imagen que lo diferencie de otros actores comerciales.

Llegados a este punto, una de los primeros actos que realiza el emprendedor o la startup es darle un nombre, es decir, darle una identidad a su proyecto o idea. Dicho nombre junto con el diseño o logo del mismo se convertirán en el signo distintivo por el que serán distinguidos sus productos o servicios frente a los de sus competidores. Así es como nace su marca.

Si estas iniciándote en el mundo del emprendimiento es vital que des importancia a la protección de tu marca mediante su registro. Puesto que es un error muy frecuente entre los emprendedores confundir el registro mercantil de la sociedad con el registro de la marca. Este último es un procedimiento totalmente separado y autónomo.

Las empresas que tienen registrada su marca se garantizan la propiedad de la misma y su uso exclusivo. Las marcas son activos intangibles de las empresas, que deben ser protegidos con su inscripción en la Oficina de Marcas correspondiente. En el caso de España, y salvo que el ámbito geográfico de la marca extralimite las fronteras de nuestro país, la oficina correspondiente es la Oficina Española de Patentes y Marcas (en adelante, OEPM).

[fusion_highlight color=»rgba(0,144,142,0.3)» rounded=»no» class=»» id=»»]Puede interesarte: «¿Puede utilizarse el nombre o distintivo de un competidor si no lo tiene registrado como marca?«

La OEPM ha definido el concepto de marca como:

“un título que concede el derecho exclusivo a la utilización de un signo para la identificación de un producto o un servicio en el mercado”.

También ha definido el nombre comercial como:

“un título que concede el derecho exclusivo a la utilización de cualquier signo o denominación como identificador de una empresa en el tráfico mercantil”.

Hay que destacar que pueden ser marcas tanto las palabras o combinaciones de ellas, como las imágenes, símbolos, letras, figuras, cifras, gráficos o formas tridimensionales.

Antes de registrar una marca en España debes saber que existen tres clases de marcas:

  • Denominativa, es decir, tan solo el nombre;
  • Mixta, que comprende tanto el nombre como un logotipo;
  • Gráfica, es decir, tan solo el logotipo.

También debes verificar que no hay una marca idéntica registrada con anterioridad. Esto puede comprobarse en la propia página web de la OEPM en la sección de localizador de marcas.

Por otro lado, se debe tener en cuenta la forma en que se va a registrar la marca, ya que es muy importante garantizar los derechos exclusivos de la marca para evitar su utilización por terceros. Además, en España para registrar una marca hay que dejar constancia de que la misma no es contraria al orden público, no tiene un carácter engañoso y no es muy genérica o demasiado detallada.

Para el ordenamiento jurídico español es titular del derecho exclusivo del uso de una marca quien ha obtenido el registro de la misma. Este derecho implica, entre otras facultades, la posibilidad de impedir que terceros se valgan de nuestra marca para comercializar productos idénticos o similares a la misma que puedan llegar a crear confusión entre los consumidores. En el caso de no tener registrada nuestra marca, quedaríamos indefensos si nuestros competidores utilizaran un signo similar creando la confusión de nuestros clientes.

Puede interesarte: «¿Protege a los autores el Registro de la Propiedad Intelectual?«

El registro de la marca nos conferirá el derecho exclusivo de su utilización por un periodo de 10 años desde la fecha de presentación de la solicitud en la OEPM, y se podrá renovar de forma indefinida por periodos sucesivos de 10 años.

Tras tener tu marca registrada, es conveniente vigilar que ningún tercero registre una marca similar o idéntica a la nuestra para productos o servicios iguales a los que ofreces, o que se valga de tu marca creando engaño en los consumidores. Además, tras el registro, se puede explotar la marca otorgando licencias de uso o, si lo consideramos oportuno vendiendo la misma.

No obstante, es importante contar con ayuda profesional que te acompañe y asesore a lo largo de este procedimiento. En JL. Casajuana Abogados además del asesoramiento, realizaremos un seguimiento jurídico integral, asegurándonos de que tu marca esté siempre protegida.

Puede interesarte:»Indemnizaciones por infracción de marca«


Alba Sacido
Miembro del Departamento de Derecho Mercantil

10/02/2020

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