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La nueva ley de Protección Animal

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La nueva ley de Protección Animal
La nueva ley de Protección Animal

La nueva ley de Protección Animal y la importancia de conocer las obligaciones legales de los dueños

¿En qué consiste la inminente Ley de Protección Animal? 

La Ley de Protección Animal, del cual el Consejo de Ministros dio luz verde el pasado 18 de febrero a su anteproyecto, todavía no tiene texto definitivo pero todo apunta a que entrará en vigor antes de finales de 2022. Esta futura ley que tanto revuelo está causando introduce un giro en el régimen aplicable al tratamiento de las mascotas y su consideración legal. La modificación pionera y esencial que da lugar e inspira esta nueva ley se encuentra en el Código Civil, el cual ha sido reformado en virtud de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales para dar a los animales una nueva categoría jurídica. Esta reforma deja de considerar “cosas” a los animales, pasando a considerarlos “seres sintientes”. Y es por esta Ley 17/2021, de 15 de diciembre, por la que nace la nueva Ley de Protección Animal, la cual desarrollará en qué consiste y que alcance tiene esta nueva categoría jurídica en una ley integral que proteja a los animales.

Esta reforma del Código Civil, particularmente en su artículo 333 bis, reconoce expresamente a los animales como seres vivos dotados de sensibilidad, dotándoles de nuevos derechos inherentes a su nueva categoría “seres sintientes”, imponiéndose nuevas medidas sobre su trato, cuidado y atención. En concreto, la nueva normativa que está a punto de salir y que pivota sobre la modificación de la categoría jurídica de los animales ya vigente en el Código Civil regula la posibilidad de establecer un régimen de custodia ante la posibilidad de un divorcio o separación, la obligación de los dueños de crearles un DNI propio o el requisito ineludible de obtener un curso para poder comprarlos o adoptarlos.

¿Qué obligaciones tendrán a partir de su entrada en vigor los dueños de mascotas?

La principal preocupación que surge a raíz de esta nueva Ley de Protección Animal gira en torno a las obligaciones de los dueños para con sus mascotas y de las medidas que deberán tomar a partir de su entrada en vigor. Entre las medidas más interesantes y que más deben tener en cuenta los dueños se encuentran:

  • El deber de tomar las medidas pertinentes para evitar la reproducción sin control de los animales de compañía. Aquellas mascotas que tengan acceso al exterior de las viviendas y que tengan contacto con otras mascotas de su especie, deberán ser esterilizados. Si en una misma vivienda hay animales de una misma especie y diferente sexo deberán estar esterilizados también, salvo en el caso de criadores que deberán estar inscritos en el Registro Nacional de Criadores.
  • En caso de divorcio o separación, y ante la ausencia de acuerdo entre los cónyuges sobre la custodia del animal, podrá someterse la decisión al conocimiento de los juzgados y tribunales.
  • Los animales tendrán que estarinscritos en un registro de animales público (DNI animal) y sus dueños deberán velar por su higiene.  Este DNI animal será obligatorio para perros y gatos, convirtiéndose en un mecanismo complementario al microchip, permitiendo con ello una más fácil identificación de su dueño en caso de infracción de las normas sobre cuidado del animal, especialmente en los casos de maltrato o abandono.
  • Los titulares de las mascotas tendrán que tener un seguro de responsabilidad para cada mascota que tengan.
  • La cesión de animales entre personas tendrá que ser “en todo caso, gratuita y quedar reflejada por contrato”.
  • Se prohíbe la exhibición de animales para fines comerciales, así como la participación de animales en cabalgatas, belenes y procesiones.
  • Los dueños de los perros deberán realizar previamente un curso de formación homologado. Sin embargo, a los dueños de perros destinados a la caza o pastoreo no les será exigible dicho curso.

Esta última medida, quizás una de las más importantes que se puede encontrar en el texto, tiene gran relevancia para los dueños, ya que será obligatorio, con el fin de minimizar el maltrato o abandono de los animales, realizar un curso antes de adoptar o adquirir una mascota. Según el texto del Anteproyecto de Ley de Protección Animal, los dueños deberán cursar esta formación previa en tenencia responsable reglamentada que eduque al futuro dueño en la convivencia que garantice el bienestar de su mascota.

Además, otras de las medidas más importantes a destacar y que perjudica a las tiendas de mascotas, consiste en que se prohíbe la comercialización de animales en tiendas de mascotas, donde tampoco se podrán exponer al público, y se limitará la venta a los criadores profesionales autorizados para la cría.

El ámbito de aplicación de la nueva ley no alcanza a aquellos animales dedicados a la caza y el pastoreo, ni tampoco a la tauromaquia.

¿Qué consecuencias tiene que las mascotas ya no sean consideradas “cosas” por el Código Civil?

En el caso de que las infracciones sean leves, las multas pueden oscilar entre 600 y 30.000 euros, y en el caso de que sean infracciones graves, las multas podrán ir de los 30.001 a los 100.000 euros. En último caso, si las infracciones fueran consideradas muy graves las multas podrán oscilar entre los 100.001 a los 600.000 euros, reservadas para aquellos casos en los que se causara la muerte del animal, se le sacrificara sin autorización o se le adiestrara para su posterior participación en peleas.

Además de estas sanciones, los titulares de mascotas que vulneren las medidas contempladas en la ley podrán ser inhabilitadas para la tenencia y para las actividades relacionadas con animales (cría, comercialización, asistencia veterinaria, etc.) entre cinco y diez años, en el caso de que las infracciones sean muy graves.

Por último, añadir, que ya es una realidad el primer pronunciamiento considerando a un perro como ser dotado de sensibilidad. El Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Oviedo ha dictado un Auto de Ejecución Provisional (9/2022) que es pionero en aplicar la nueva reforma del Código Civil. El auto evita, de manera provisional, que un perro se separe de la que ha sido su cuidadora durante los últimos cuatro años ya que, como dice la magistrada:

«el bienestar del animal aconseja no establecer cambios en su situación actual; cambios que podrían generar un sufrimiento innecesario al animal que se vería separado de forma brusca de quien ha sido su cuidadora, al menos, durante los últimos tres años». Para la magistrada, el eventual daño que se le pueda causar al perro por el cambio de entorno debe evitarse y por lo tanto «no estamos ante la entrega de una cosa sino de un animal que, en palabras del art. 333 bis del Código civil actualmente en vigor desde el 5 de enero de 2022, es un ser vivo, dotado de sensibilidad, de manera que todas las decisiones que afecten a un animal deben asegurar su bienestar conforme a las características de cada especie».


Departamento Derecho Civil

04/03/2022

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