Análisis de la trasposición de la “Directiva de digitalización de sociedades” al derecho español, efectuada mediante la Ley 11/2023, de 8 de mayo
Introducción
La Ley 11/2023, que entró en vigor con carácter general el pasado 10 de mayo de 2023, regula una extensa variedad de materias al objeto de transponer a la normativa nacional directivas europeas que España tenía pendiente implementar. En el área del derecho mercantil y societario, los cambios que esta reciente Ley introduce buscan hacer más accesible el sector empresarial mediante su digitalización.
Transposición de directivas europeas
Como profusamente se explica en su Exposición de Motivos, la mentada Ley surge de la obligación de España de implementar en el marco normativo nacional un total de seis directivas de la Unión Europea so pena de sanción económica en caso de no hacerlo.
La Ley dedica a cada directiva europea un Título, si bien en el presente únicamente estudiaremos, por su especial transcendencia en el derecho mercantil y societario, la Directiva (UE) 2019/1151, también conocida como la “Directiva de digitalización de sociedades”, por la que se pretende que los Estados Miembros cambien su marco normativo para digitalizar el sector empresarial, de forma que sea cada vez más eficiente y accesible. En concreto, prevé:
- La obligatoriedad de que cualquier sociedad mercantil pueda constituirse íntegramente en línea.
- Que cualquier gestión mercantil, incluyendo la presentación de documentos ante el Registro Mercantil, pueda realizarse por medios telemáticos.
- Mecanismos para facilitar la constitución y registro de sucursales en otros Estados Miembros de manera totalmente telemática.
Cambios introducidos en el marco normativo nacional
Si bien España ya contaba con herramientas para la constitución online de sociedades y presentación telemática de documentación mercantil (v. gr. el Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) y el Documento Único Electrónico), la Ley 11/2023 mediante su Título IV rubricado “Transposición de la Directiva (UE) 2019/1151 de utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del Derecho de sociedades” modifica la siguiente normativa nacional para la definitiva digitalización del sector empresarial:
a) Ley del Notariado de 1862
El art. 34 de la Ley 11/2023 modifica la Ley del Notariado en aras de evitar en la mayor medida posible la presencialidad en notarías. Entre sus medidas, cabe destacar las siguientes:
- La regularización de un protocolo electrónicoque refleje las matrices de los títulos públicos.
- La constitución de un índice único informatizadopor el Consejo General del Notariado y las administraciones públicas para posibilitar la consulta digital motivada.
- La firma de ciertos instrumentos públicos a través de videoconferenciasy comparecencias electrónicas.
b) Código de Comercio
El artículo 35 de la Ley 11/2023 prevé la modificación del artículo 17 del Código de Comercio y amplía el catálogo de información societaria que el Registro Mercantil debe facilitar de manera gratuita y telemática, en coordinación con la plataforma central europea.
c) Ley Hipotecaria
El artículo 36 de la Ley 11/2023 reforma la Ley Hipotecaria introduciendo las siguientes medidas:
- La regularización de la sede electrónica general.
- La creación de un sistema informático registral adicional.
- La publicidad registral por medios telemáticos.
- La habilitación de medios para la comunicación telemática entre ciudadanos y organismos públicos.
- Un repositorio electrónico con información actualizada de fincas.
d) Texto Refundido de la Ley de Sociedad de Capital
El art. 39 de la Ley 11/2023 cambia la regulación actual en el sentido de permitir la constitución íntegramente en línea de sociedades mercantiles de responsabilidad limitada en los casos en que las aportaciones de los socios sean dinerarias.
Entrada en vigor de la Ley
La Ley entró en vigor con carácter general el pasado 10 de mayo de 2023, aunque en su Disposición Final 18ª se establece un calendario escalonado de implementación que se prolonga hasta mayo de 2024.
En lo que respecta al Título IV, las modificaciones introducidas en la Ley de Sociedades de Capital y en la Ley del Notariado entraron en vigor, respectivamente, el pasado 10 de mayo de 2023 y 9 de noviembre de 2023, si bien el texto del Código de Comercio y la Ley Hipotecaria se verá efectivamente modificado el próximo 9 de mayo de 2024.