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A vueltas con el GASOLEO B MOVILIDAD

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A vueltas con el GASOLEO B MOVILIDAD

A vueltas con el GASOLEO B MOVILIDAD

Nadie en la actualidad sabría decir exactamente que está ocurriendo con el llamado GASOLEO B MOVILIDAD.

Tampoco nadie sabría decir a que obedece, de donde salió la idea y de que se trata eso llamado GASOLEO B MOVILIDAD.

¿Era necesario algo así en estos momentos de incertidumbre en el sector?

Lo verdaderamente cierto es que su aparición sólo podría catalogarse de despropósito monumental, así como que sería deseable su urgente reforma o eliminación.

El llamado GASOLEO B MOVILIDAD nace como consecuencia del Real Decreto Ley 6/2022, por el que se adoptaron medidas extraordinarias por la invasión de Ucrania.

Dicho Real Decreto Ley regula en sus artículos 10 a 14 del capítulo V, donde se aprueba la transposición del artículo 7 bis de la Directiva 98/70/CE del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo de 13 de octubre de 1998 (“FQD” -Fuel Quality Directive-).

Dicha Directiva FQD obliga a los estados de la CEE a aprobar el objetivo de reducción del 6% de la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero, (GEI), durante el ciclo de vida de los combustibles.

Eso es lo que ha aprobado España a través del Real Decreto Ley 6/2022.

¿Qué es entonces el GASOLEO B MOVILIDAD?

Pues el GASOLEO B MOVILIDAD es GASOLEO B CON BIOCARBURANTE.

Hasta ahí todo perfecto e, incluso, recomendable.

¿Dónde empiezan a surgir los problemas y porqué hablamos de lo deseable de su reforma o, incluso, eliminación?

Pues cuando dicho GASOLEO B MOVILIDAD es sólo obligatorio para unos usos o actividades (combustibles utilizados para propulsar vehículos de carretera, máquinas móviles no de carretera, incluidos los buques de navegación interior cuando no se hallen en el mar y el ferrocarril, tractores agrícolas y forestales y embarcaciones de recreo cuando no se hallen en el mar, electricidad destinada a vehículos de carretera, si se puede demostrar que se ha medido y verificado adecuadamente la electricidad suministrada para su uso en dichos vehículos y biocarburantes para uso aéreo).

De tal forma, por ejemplo, el gasóleo calefacción no debe utilizar GASOLEO B MOVILIDAD, debiendo usarse el GASOLEO B CLÁSICO.

En definitiva, han duplicado el GASOLEO B, dividiéndolo en GASOLEO B MOVILIDAD y GASOLEO B (normal, clásico o el de “toda la vida”).

Que supone ello en la práctica:

  • Encarecer el precio del GASOLEO B al convertirlo a GASOLEO B MOVILIDAD por cuanto el precio se incrementa por el sobreprecio del biocarburante.
  • Las estaciones de servicio y los gasocentros deberán tener un depósito para el GASOLEO B MOVILIDAD y otro para el GASOLEO B CLASICO. Es decir, deberán hacer inversión en tancaje
  • Las estaciones de servicio y los gasocentros deberán llevar una contabilidad para el GASOLEO B MOVILIDAD y otra para el GASOLEO B CLASICO.
  • Dejar paso a la “picaresca” en la comercialización del GASOLEO B. Sin duda, surgirán casos de empresas que comercializarán GASOLEO B CLASICO (más barato que el GASOLEO B MOVILIDAD) como GASOLEO B MOVILIDAD. En definitiva, los motores soportan exactamente igual un gasóleo B con bio que sin bio.

Lo cierto, y se nos ha comentado por parte de la AEAT, el GASOLEO B MOVILIDAD no viene reconocido por la normativa de Impuestos Especiales. No aparece contemplado ni en la Ley ni en el Reglamento de los II.EE. Eso es importante tenerlo muy en cuenta.

¿Qué está pasando en la actualidad?

En primer lugar, no existe un reconocimiento por parte de los Departamentos de Aduanas e Impuestos Especiales del llamado GASOLEO B MOVILIDAD.

En segundo lugar, las grandes compañías petrolíferas (u operadores petrolíferos), posiblemente por motivos logísticos de los depósitos fiscales, no están incorporando bio a ningún GASOLEO B. Es decir, el GASOLEO B MOVILIDAD que se está comercializando es el GASOLEO B de toda la vida (o sea, sin bio). Eso sí, te lo venden como GASOLEO B MOVILIDAD, pero no lleva bio y sí lleva el sobrecoste del bio (por cuanto deben cumplir con sus obligaciones como sujetos pasivos de SICBIOS).

Por último, están habiendo conversaciones con el Ministerio para cambiar esa normativa y, muy probablemente, para que todo GASOLEO B (sea cual sea su uso) lleve bio y así acabar con esa duplicidad del GASOLEO B que tantos quebraderos de cabeza está conllevando.

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Carlos Babot
Experto en impuestos especiales sobre los hidrocarburos

23/02/2023

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