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Procedimientos judiciales de separación y divorcio

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Procedimientos judiciales de separación y divorcio
Procedimientos judiciales de separación y divorcio

Medidas de atención a los menores

Que la realidad social ha cambiado en los últimos tiempos de forma sustancial, y por esto mismo la regulación de los procesos matrimoniales (o de parejas de hecho) en nuestra legislación es algo incuestionable. No hay apenas obstáculos para disolver un matrimonio que transcurrido más o menos tiempo resulta indeseado (tres meses desde su celebración… art. 81 en relación con el 86 del Código Civil).

Las costumbres cambian y debemos esforzarnos todos para, en la medida de lo posible, mejorarlas. Sin embargo hay algo, y en esto quiero centrar la atención de estas líneas, que no debería cambiar: la protección de los más débiles, de los seres inocentes (tantas veces) y en todo caso probables víctimas de un desencuentro de sus progenitores que no debería marcarles su futuro de forma traumática. Qué duda cabe que la edad es un factor determinante al respecto y no es lo mismo  la plena infancia que la adolescencia o edades algo más maduras; del mismo modo que todo viene condicionado por el ambiente familiar, educativo e incluso económico. En todo caso  se trata de una tarea ardua que debe ser afrontada con inteligencia tanto por los progenitores como por los profesionales del derecho.

Como sabemos estos procedimientos están abiertos a todo tipo de avatares dando lugar a situaciones dispares en el curso de su tramitación: se puede comenzar de forma contenciosa, a veces con duros enfrentamientos, y avanzar paso a paso hacia soluciones que, aunque sea bajo mínimos, supongan un cierto consenso. Es aquí donde la labor de los abogados especialistas en divorcios es decisiva.

No es mi intención adentrarme en precisiones legales que quedan para otro momento si no en unas breves reflexiones de mi experiencia como abogado en esta materia. Y es aquí donde quiero destacar que nuestro trabajo debe estar basado en la buena voluntad de acercamiento de posiciones dispares siempre pensando en la protección de los menores.

Las negociaciones para lograr un entendimiento a la hora de fijar un régimen de visitas –incluidos los abuelos- son vitales y la flexibilidad debe imponerse para alcanzar una solución pactada lo menos lesiva para los hijos de forma que les permita hacer su vida de la manera más normal posible. No hay que olvidar que un trauma en la  infancia puede marcar a una persona de por vida y eso hay que evitarlo a toda costa. Ya sé que para lograr una cierta avenencia es fundamental la colaboración de los padres pero todos sabemos que  a veces es tal la inquina entre ellos que somos los abogados quienes debemos poner en marcha nuestras dotes psicológicas para allanar el camino salvando infinidad de obstáculos que pueden presentarse en él. No podemos olvidar que a esas edades se viven etapas fundamentales para el desarrollo de la persona de modo que hay que ser muy cuidadoso siempre en beneficio de un adecuado desarrollo y, atención a este detalle, sin caer en complacencias innecesarias porque no es raro encontrarnos con halagos excesivos para marcar distancias respecto al otro progenitor y atraerse así su atención, su cariño. Ni padres egoístas ni niños mimados en exceso.

¿No es fácil verdad? Claro que sí pero  nuestro trabajo también consiste en esforzarnos en encontrar ese equilibrio de intereses. A lo largo de más de veinticinco años de ejercicio profesional siempre ha sido ese mi empeño (no siempre lo he conseguido por supuesto) pero no desisto de intentarlo en cada ocasión que se presenta de modo que animo a quienes lean este artículo a perseverar en esta idea y que confíen en los profesionales y (los progenitores) colaboren para unidos encontrar luz donde todo parecer ser noche.

Jueces, equipos psicosociales, padres y abogados tenemos una tarea por delante de tan extrema importancia que no nos podemos permitir el lujo de relajarnos pensando que el mero transcurso del tiempo lo arreglará todo porque rara vez esto ocurre.

Este al menos es mi consejo y así lo expongo.

Desde JLCasajuana Abogados un saludo y a vuestra disposición.

23/02/2016

 

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