Registro de Viviendas Turísticas – Alta legal y tramitación antes del 1 de julio

A partir del 1 de julio de 2025, es obligatorio tramitar el alta en el registro de arrendamientos turísticos para poder anunciar una vivienda en plataformas como Airbnb, Booking o Expedia.

Esta nueva normativa, recogida en el Real Decreto 1312/2024, afecta a todos los alquileres vacacionales. No contar con el alta en el registro de arrendamientos turísticos puede suponer sanciones, pérdida de visibilidad en buscadores y retirada inmediata de tus anuncios en un plazo de 48 horas.

En JL Casajuana Abogados gestionamos tu solicitud completa de forma legal, rápida y sin errores. Nuestro equipo jurídico revisa la documentación, verifica que cumplas con la normativa autonómica correspondiente y tramita tu alta en el registro de arrendamientos turísticos a través de la Ventanilla Digital del Colegio de Registradores.

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    ¿Por qué debes gestionar el alta en el registro de arrendamientos turísticos a partir del 1 de julio?

    • Será obligatorio para todos los alquileres turísticos
    • Las plataformas deberán retirar los anuncios no registrados en un máximo de 48 h
    • Podrías recibir sanciones económicas o quedar fuera del canal digital
    • Es requisito para operar con legalidad, seguridad jurídica y continuidad comercial

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