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La letra pequeña de los contratos

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La letra pequeña de los contratos
La letra pequeña de los contratos

Comentarios sobre la letra pequeña, en “a vivir que son dos días” de la Cadena Ser

José Luis Casajuana Espinosa, socio director de nuestro despacho, ha participado en el programa “A vivir que son dos días” de la Cadena Ser dirigido por el periodista Javier del Pino.

El conductor del programa se hizo eco de la aparición de la letra pequeña de los contratos que a menudo pasa desapercibida para el consumidor cuando contrata un servicio o adquiere un producto. Para comentar la legalidad de esas cláusulas se invitó al programa a José Luis Casajuana Espinosa en su condición de abogado, que aportó algunas ideas de calado.

El Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, establece los criterios básicos de cumplimiento de derecho de los consumidores frente a los abusos de algunas empresas en el uso de la letra pequeña y las condiciones generales de contratación.

Frecuentemente las empresas utilizan un tamaño de letra especialmente reducido o introducen cláusulas contractuales con el fin de no llamar la atención del interesado.

Tal y como informó José Luis Casajuana en el programa de radio, la normativa vigente permite que el consumidor solicite la no aplicación de dichas cláusulas cuando no se hayan redactado con la adecuada claridad y transparencia o bien se declare su nulidad si son abusivas para los consumidores y usuarios.

Además, según la referida ley, los contratos no podrán utilizar una letra de tamaño inferior a 1,5 mm y que tengan suficiente contraste.

Esta ley ha sido recientemente actualizada mediante la Ley 7/2017 de 2 de noviembre para adecuar su contenido a la normativa Europea por trasposición de la Directiva 2013/11/UE de la Comisión y el Parlamento Europeo de 21 de mayo de 2013.

Aquel usuario que se haya visto perjudicado por cláusulas que no gocen de la transparencia requerida podrá reclamar por vía judicial que no se aplique las consecuencias de esa cláusula oscura – tal y como se denomina en la doctrina jurídica a este tipo de cláusulas poco claras -.


22/05/2018

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