La incertidumbre generada por Real Decreto regulador de la formación del registro de extractores de depósitos fiscales

Tabla de contenidos

La incertidumbre generada por Real Decreto regulador de la formación del registro de extractores de depósitos fiscales

El pasado 5 de abril de 2023 fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 249/2023, a través del cual se regula la formación del Registro de extractores de depósitos fiscales de productos incluidos en el ámbito objetivo del impuesto sobre los hidrocarburos.

Tal y como se nos hacía saber

“la inclusión o exclusión de los operadores del Registro de extractores vendrá referida a uno u otro tipo de productos y será efectiva desde el día siguiente al de la adopción por el órgano competente del correspondiente acuerdo motivado de inclusión o exclusión, que deberá ser notificado a la persona o entidad interesada.”

Hasta ahí no existe duda alguna, el problema viene cuando el Real Decreto 249/2023 de formación del Registro de extractores de depósitos fiscales omite cuestiones tan relevantes como el plazo en el que la Agencia Tributaria deberá tramitar y resolver las solicitudes de inclusión, así como la manera de proceder de las múltiples empresas comercializadoras, distribuidoras que actúan dentro de depósitos fiscales o de los propios depósitos fiscales (los realmente afectados por la publicación de dicho Real Decreto, al verse ampliada la responsabilidad a los titulares de los mismos en casos de fraude fiscal ajenos a ellos) hasta que se lleve a cabo el alta en el registro.

Y es que, pese a que el Real Decreto mencionado entraba en vigor el pasado 25 de abril, no contábamos con noticias del modificado modelo 036 hasta escasos días antes. De igual manera, a día de hoy, son pocas las empresas que operan en el sector de los hidrocarburos las que cuentan con la suerte de que se les haya procedido a dar de alta en el Registro de Extractores de Depósitos Fiscales,  lo que ha derivado, como es lógico, en una gran incertidumbre en el sector acerca de la operativa de ventas y compras hasta que se proceda a dicho alta.

Hasta donde se conoce, la gran mayoría de solicitudes de alta formuladas a través del modelo 036 se encuentran todavía en estado de tramitación. Además, algunas de las solicitudes han venido acompañadas de requerimientos de solicitud de documentación, memoria descriptiva de la actividad, motivación del alta en el registro y cuestiones similares que el interesado ha debido o deberá atender en caso de que reciba dichos requerimientos por parte de la Administración.

No obstante, confiamos en que en los próximos días las solicitudes de alta sean resueltas por parte de la Agencia Tributaria y finalice con ello la incertidumbre operativa generada en el sector de los hidrocarburos.

Deja un comentario

Artículos relacionados

Infórmese sin compromiso

¿DUDAS? PREGUNTA A NUESTROS EXPERTOS

    En virtud de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, CASAJUANA ASESORES S.L.P le informa que sus datos personales incorporados en este formulario, serán incluidos en un fichero creado bajo nuestra responsabilidad, con la finalidad de comunicarnos con usted para llevar a cabo el mantenimiento y control de la relación negocial que nos vincula y podrán ser cedidos a terceros para gestionar la relación negocial.
    Según el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y supresión dirigiéndose por escrito a CASAJUANA ASESORES S.L.P en la Calle de Diego de León, 47, 28006, Madrid o al correo electrónico despacho@jlcasajuana.com

    SUSCRÍBETE A NUESTRO NEWSLETTER

      Nombre (requerido)

      Email

      Temas de interés

      Scroll al inicio
      Abrir chat
      1
      Escanea el código
      Hola
      ¿Tienes dudas? Pregúntanos sin comproiso.