FUNDADO EN 1976
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

¿Están las empresas obligadas a tener un comedor de empresa? ¿Qué consecuencias tendría su eliminación?

Tabla de contenidos

¿Están las empresas obligadas a tener un comedor de empresa?

La dinámica laboral se encuentra en constante cambio y evolución, las empresas buscan constantemente mejorar y ajustar sus operaciones para ser más eficientes y rentables. En este sentido, es posible que surjan modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo que pueden afectar a los empleados de diversas maneras. Uno de los cambios que puede generar controversia es la eliminación del comedor en una empresa. En este artículo, exploraremos los aspectos relevantes de esta modificación y cómo podría afectar a los trabajadores.

Hasta hace unos años, en base al Decreto de 8 de junio de 1938 de comedores para obreros del Ministerio de Organización y Acción Sindical y la orden que lo desarrollaba de 30 de junio, algunas empresas estaban obligadas a tener un espacio habilitado como comedor para sus trabajadores con todos los elementos necesarios para el desarrollo del mismo.

Hoy en día no existe en nuestro ordenamiento jurídico ninguna norma legal o reglamentaria que imponga a las empresas tener un espacio habilitado para comedor, salvo en los trabajos al aire libre en los que exista un alejamiento entre el lugar de trabajo y el de residencia.

Reciente sentencia del Tribunal Supremo de 23 de junio de 2020 determina que los comedores de empresa no son obligatorios y abre la puerta a aquellas empresas que los tengan y se replanteen qué hacer, pues tal y como expone esta sentencia, salvo que el convenio colectivo lo establezca o exista un acuerdo con la representación de los trabajadores, las empresas no están obligadas.

Ahora bien, debe diferenciarse si estamos ante una empresa de nueva creación o ante una empresa ya creada.

En el primero de los supuestos, para las empresas de nueva creación, si el convenio colectivo que resulte de aplicación no lo establece, la empresa no estaría obligada a ofrecer un comedor a sus trabajadores.

Sin embargo, para el segundo de los supuestos, en aquellas empresas que tengan instaurado un comedor para sus trabajadores desde hace tiempo, el mismo habría pasado a incorporarse al nexo contractual de la empresa con el personal del centro de trabajo en virtud de la denominada “condición más beneficiosa.”

La doctrina sobre la “condición más beneficiosa”, establece que:

para que pueda sostenerse la existencia de una condición más beneficiosa es preciso que ésta se haya adquirido y disfrutado en virtud de la consolidación del beneficio que se reclama, por obra de una voluntad inequívoca de su concesión ( sentencia de 16 de septiembre de 1992, 20 de diciembre de 1993, 21 de febrero de 1994, 31 de mayo de 1995 y 8 de julio de 1996), de suerte que la ventaja que se concede se haya incorporado al nexo contractual «en virtud de un acto de voluntad constitutivo de una concesión o reconocimiento de un derecho» ( sentencias de 21 de febrero de 1994, 31 de mayo de 1995 y 8 de julio de 1996) y se pruebe, en fin, «la voluntad empresarial de atribuir a sus trabajadores una ventaja o un beneficio social que supera a los establecidos en las fuentes legales o convencionales de regulación de la relación contractual de trabajo» (sentencia de 25 de enero, 31 de mayo y 8 de julio de 1996)«.

Si se está en este supuesto, para poder suprimir el comedor, necesitaríamos acudir al procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, el cual exige un periodo de consultas, pues, en caso contrario, se podría declarar ilegal la decisión unilateral de suprimir el comedor.

La eliminación del comedor en una empresa supone que los empleados ya no podrán acceder a los servicios de alimentación dentro de las instalaciones durante su jornada laboral. Esto implica que los trabajadores deberán de buscar alternativas para satisfacer sus necesidades alimenticias, como traer su propia comida de casa o buscar establecimientos cercanos para alimentarse.

Cambios para los empleados

  1. Mayor responsabilidad: Los trabajadores tendrán la responsabilidad de preparar y traer su propia comida de casa, lo que implica un cambio en su rutina diaria. Esto puede aumentar la carga de trabajo personal y genera un estrés adicional para aquellos que nos están acostumbrados a hacerlo.
  2. Mayor tiempo de descanso utilizado: Al no tener un comedor en las instalaciones, los empleados tendrán que destinar más tiempo a buscar y consumir alimentos fuera del lugar de trabajo. Esto podría disminuir el tiempo de descanso disponible, lo que afectaría a la calidad de su tiempo libre durante la jornada laboral.
  3. Mayor gasto económico: Si los trabajadores optan por comprar alimentos en establecimientos cercanos, es posible que deban de incurrir en gastos adicionales. Esto puede afectar significativamente el presupuesto personal de los empleados, especialmente si antes tenían acceso a opciones de comida a precios más económicos dentro de la empresa.
  4. Cambios en la interacción social: El comedor puede ser un lugar de encuentro para los empleados, donde pueden socializar y fortalecer sus relaciones laborales. La eliminación de este espacio podría afectar negativamente a la interacción entre los trabajadores.

Derechos de los empleados

  1. Derecho a la negociación colectiva: Si existe un sindicato o una representación sindical en la empresa, los empleados tienen el derecho de participar en la negociación colectiva para discutir los cambios propuestos en las condiciones de trabajo. Esto implica que los empleados pueden expresar sus preocupaciones y buscar soluciones alternativas en caso de que se elimine el comedor.
  2. Derecho a la salud y seguridad laboral: Las empresas tienen la responsabilidad de proporcionar un entorno de trabajo seguro y saludable para sus empleados. En el caso de la eliminación del comedor, los empleadores deben asegurarse de que los trabajadores tengan acceso a opciones adecuadas para satisfacer sus necesidades alimenticias durante la jornada laboral.
  3. Derecho a la compensación adecuada: En algunos casos, los empleados pueden tener derecho a recibir una compensación adecuada si la eliminación del comedor representa una pérdida económica significativa o un cambio adverso en sus condiciones laborales. Este derecho puede variar según la legislación laboral aplicable y los acuerdos colectivos.

Alternativas y compensaciones

Ante la eliminación del comedor, las empresas pueden considerar la implementación de alternativas o compensaciones para mitigar los efectos negativos en los trabajadores. Algunas posibles soluciones podrían ser:

  1. Establecer un área de descanso adecuada con microondas y refrigeradores para que los empleados puedan almacenar y calentar su comida.
  2. Negociar descuentos o convenios con restaurantes cercanos para ofrecer opciones de comida a precios más accesibles.
  3. Proporcionar beneficios adicionales, como vales de comida o tarjetas de comida, para ayudar a cubrir parte de los gastos alimentarios de los empleados.

Deja un comentario

Artículos relacionados

Infórmese sin compromiso

¿DUDAS? PREGUNTA A NUESTROS EXPERTOS

    En virtud de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, CASAJUANA ASESORES S.L.P le informa que sus datos personales incorporados en este formulario, serán incluidos en un fichero creado bajo nuestra responsabilidad, con la finalidad de comunicarnos con usted para llevar a cabo el mantenimiento y control de la relación negocial que nos vincula y podrán ser cedidos a terceros para gestionar la relación negocial.
    Según el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y supresión dirigiéndose por escrito a CASAJUANA ASESORES S.L.P en la Calle de Diego de León, 47, 28006, Madrid o al correo electrónico despacho@jlcasajuana.com

    SUSCRÍBETE A NUESTRO NEWSLETTER

      Nombre (requerido)

      Email

      Temas de interés

      Scroll al inicio
      Abrir chat
      1
      Escanea el código
      Hola
      ¿Tienes dudas? Pregúntanos sin comproiso.