Mucho empresario no acaba de entender el porque de la existencia del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Tributaria. No comprenden el porque de un Departamento especifico para dicha materia.
Debemos comenzar explicando que ciertos productos están gravados con Impuestos Especiales. Son impuestos que gravan el consumo de ciertos productos, más en concreto la cerveza, el vino y bebidas fermentadas, los productos intermedios, el alcohol y bebidas derivadas, los Hidrocarburos, el tabaco, la electricidad y determinados medios de transporte.
Es decir, cuando compramos tabaco, una botella de whisky o ponemos gasolina en nuestro vehículo, estamos pagando un Impuesto Especial que grava la adquisición de tales productos.
Es decir, estamos ante un Impuesto Indirecto que, en opinión del que suscribe este artículo, deberían ser la base de la carga impositiva de este País, aminorar los Impuestos Directos y así conseguir una mayor justicia tributaria.
Imaginemos la aplicación de Impuestos Indirectos en otros ámbitos como el uso de carreteras, el uso de playas u otros espacios públicos, etc… Desde nuestro punto de vista se daría una mayor justicia tributaria y dejarían de gravarse el mero hecho de trabajar (que para muchos es una carga per se y encima deben tributar por dicha carga), el percibir una herencia o la venta de una sociedad.
Dejando de lado tribulaciones fiscales, vamos a explicar porque existe el Departamento de Aduanas e IIEE: principalmente por el riesgo de fraude en el uso del gasóleo bonificado.
Amén de atribuciones de gestión o administrativas, lo cierto es que esa es la verdadera causa de la existencia de un Departamento de Aduanas e IIEE.
Sabido es que hay un cierto fraude de IVA en el sector de los hidrocarburos, pero ese fraude de IVA no es competencia del Departamento de Aduanas e IIEE puesto que no se trata de un Impuesto Especial, sino se trata de IVA.
Por lo tanto, la principal función del Departamento de Aduanas e IIEE es el control del fraude del Impuesto Especial que fundamentalmente puede darse por dos vías:
- El uso de gasóleo bonificado en motores no autorizados. A modo de ejemplo, empresas de transporte que usan como carburante gasóleo bonificado (más barato que el gasóleo de uso general y con las mismas funciones de tracción para el vehículo).
- Lo que se denomina “gasóleo lavado”, es decir mediante procedimientos químicos quitar el trazador que identifica el gasóleo bonificado y vender como gasóleo de uso normal lo que en realidad es gasóleo bonificado. En definitiva, vender más caro lo que se ha comprado más barato.
Esas son, grosso modo, las dos principales componendas que se realizan de cara a cometer fraude con el gasóleo bonificado y conseguir que el Estado recaude menos en concepto de Impuestos Especiales sobre los hidrocarburos que lo que debería recaudar.
Obviamente hay más supuestos pues la imaginación y picaresca del ser humano no tiene límites.
Son multitudinarias las liquidaciones y sanciones que la AEAT impone por presuntos supuestos de fraude en el consumo de gasóleo bonificado. No todas ellas, obviamente, son justas o están debidamente justificadas pues hasta la AEAT yerra.
En Casajuana Abogados somos especialistas en este tipo de asuntos pues hemos defendido múltiples liquidaciones y sanciones de la AEAT a empresas y particulares por uso indebido de gasóleo bonificado.
Si tiene algún expediente de la AEAT abierto por un supuesto similar no deje de consultar con nosotros su caso. Lo analizaremos y estudiaremos si el mismo puede defenderse y ganarse.