Operación acordeón en empresas

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Operación acordeón en empresas
Operación acordeón en empresas

La operación acordeón. Darse una nueva oportunidad

Toda aventura empresarial es una apuesta que puede ser exitosa o, en cambio, puede suponer una acumulación de pérdidas que conlleve a su abandono y consecuente disolución.

Es cierto que la existencia de pérdidas puede tener una razón estructural, porque el negocio no sea viable o, en cambio, puede ser coyuntural porque el negocio tenga un recorrido cierto a largo plazo.

La legislación tiene que tener la finalidad de poder reflotar los negocios que se encuentran en esta situación coyuntural de pérdidas y, en ese sentido, una de las medidas de carácter financiero-contable que permite la Ley de Sociedades de Capital (arts. 343-345) es la conocida como “operación acordeón”.

Qué es la Operación acordeón en empresas

Pongámonos en situación. Una empresa tiene unas pérdidas acumuladas por valor de 100 que suponen que su patrimonio neto sea inferior al 50% del capital social (que es de 180).

La adopción de una operación acordeón supone una reducción de capital que compense dichas pérdidas para, de forma simultánea, se aumente capital por encima del mínimo legal exigido.

De esta manera, la “resurrección” de la empresa a través de la entrada de nuevo capital permite a la misma poder tener otra oportunidad de lograr su éxito a la hora de conseguir alcanzar su objeto social.

Requisitos para adoptar una Operación Acordeón

Para que esta medida sea adoptada de manera legal e inatacable, deben cumplirse 3 requisitos:

Simultaneidad

La reducción y el aumento del capital social deben ser adoptados por la Junta General de manera simultánea. No puede realizarse la disminución del capital social para que, un tiempo después, se produzca la entrada de los nuevos socios que aporten nuevo capital.

Eso no es posible, porque esa empresa “fantasma” (sin capital social) no tendría soporte legal y financiero para actuar en el mercado. Así, antes de adoptarse esta medida, la empresa debe tener claro quién o quiénes van a aportar ese nuevo capital y en qué importe para que la Junta General pueda votar y, en su caso, adoptar esta decisión tan importante para el futuro de la compañía.

Transparencia

Dada la importancia y envergadura que tiene esta operación, siendo un mecanismo legal y financiero que evita la obligatoria liquidación de una empresa que está en causa de disolución, su planteamiento a la Junta General por parte de los órganos de administración, debe ser totalmente transparente.

Así, aunque la ley no lo exige expresamente, es recomendable un informe de auditoríaque indique claramente la situación patrimonial de la empresa a fecha de la convocatoria.

En ésta, debe indicarse la propuesta de esta medida, con la máxima claridad, aportando la documentación necesaria a los socios para que voten con el mayor conocimiento posible.

Del mismo modo, es necesario que en la adopción del acuerdo se respete el derecho de adquisición preferente de los antiguos socios, aunque suele ser práctica habitual su renuncia cumpliendo la exigencia de los nuevos socios.

Necesidad

Una operación acordeón supone un cambio dentro de la estructura social de la compañía. Así, los nuevos socios van a tener un importante bloque de participaciones que conlleve incluso el poder real de decisión dentro de los órganos de gestión.

Por ello, los antiguos socios son los perjudicados por la reducción de capital que hace que sus participaciones valgan mucho menos en nuevo “status” de la masa social de la compañía después de la entrada de los nuevos socios con nuevo capital.

Por esa razón, existe la tentación de ser una medida utilizada para, precisamente, disminuir la capacidad de influencia de parte de los antiguos socios cuyo paquete accionarial resultante sería sensiblemente inferior.

Por eso, se exige que existan unas pérdidas considerables (más de la mitad del capital social) para que pueda adoptarse una operación acordeón, siendo impugnable por nulo el acuerdo adoptado por la Junta General en este sentido cuando no existe esta situación financiera previa (Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de noviembre de 2007).

Conclusiones

En definitiva, hacer uso de la operación acordeón es dar una nueva oportunidad a una sociedad confiando en que su negocio tiene futuro y lo que necesita, realmente, es una inyección de capital y una gestión mejorada y diferente que los nuevos socios van a proporcionar.


05/02/2018

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