Como se puede deducir de anteriores publicaciones (sobre contratos de Factoring, Qué son los acuerdos de Confirming, etc.), de un tiempo a esta parte la forma de financiación de las empresas ha ido progresando de forma vertiginosa.
Es una materia en continua evolución cada vez surgen nuevas vías, cada cual más novedosa, para la obtención de financiación empresarial.
Entre ellas, nos encontramos con Lease-back, cada vez más utilizado por las pequeñas y grandes empresas.
Qué es el Lease-back
El Lease-back, o retroleasing, es un contrato por el que una empresa transfiere activos de su propiedad a un tercero (normalmente una entidad financiera) que en ese mismo acto lo cede en arrendamiento al primero junto con una opción de compra a ejercitar al final del mismo.
Como vemos, se trata de un contrato mixto constituido por un contrato de compraventa y un contrato de arrendamiento con opción de compra.
Es una fórmula de financiación que permite a las empresas aplacar ciertas situaciones de desequilibrio en sus balances sin necesidad de renunciar a su actividad profesional o productiva.
El lease-back suele utilizarse para inversiones inmobiliarias (adquisición de naves industriales u oficinas previéndose una revalorización), aunque también cabe la utilización de esta fórmula con bienes muebles.
Se diferencia del Leasing financiero en que en el Lease-back se efectúa la transmisión de la propiedad del bien, se abonan rentas, y no cuotas a cuenta del precio de compra, y el precio de la opción es un precio de compra fijado a valor de mercado y no un “valor residual” previamente fijado como ocurre en el leasing. Aunque se puede pactar lo contrario, es decir, que el precio de la opción de compra sea el valor residual.
Es una forma de obtención de liquidez por la que las empresas se liberan de “viejos activos” que financian la adquisición y mantenimiento de nuevo circulante, las necesidades a corto plazo, etc. sin necesidad de renunciar al uso del bien transmitido.
Además, permite financiar el cien por cien del activo fijo o acceder a determinadas ventajas fiscales.
Sin embargo, antes de acudir a este tipo de contratos debemos atender a la situación económico-financiera de la empresa.
Preguntarse si no es mejor opción acudir a un préstamo hipotecario, por el que puede que se termine pagando menos o si, simplemente, este medio de financiación no es lo que más conviene cuando el estado económico de la empresa es demasiado delicado y a la larga tampoco va a suponer una solución.
El Lease-back será conveniente cuando exista cierta necesidad temporal de liquidez para hacer frente a los pagos a corto plazo. Sin olvidar que mediante este tipo de contratos se adquiere una deuda a largo plazo, pues implica seguir pagando una cuota mensual por el arrendamiento del bien.
13/10/2017