FUNDADO EN 1976
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Todo lo que necesitas saber sobre el IRPH

Tabla de contenidos

 

Todo lo que necesitas saber sobre el IRPH

Todo lo que necesitas saber sobre el IRPH
Todo lo que necesitas saber sobre el IRPH

¿Qué es el IRPH?

El IRPH es un índice utilizado por entidades bancarias, y especialmente por las antiguas Cajas de Ahorros, para establecer el cálculo de intereses en los préstamos hipotecarios. Concretamente el índice IRPH equivale al tipo de interés medio ofrecido por bancos y cajas de ahorros en los últimos 3 años. La cifra era obtenida por el Banco de España y publicada en el Boletín Oficial del Estado.

El uso del índice IRPH se hizo más popular en los años iniciales de la crisis económica del pasado decenio (2007 – 2009), cuando el EURIBOR (índice más habitual para el cálculo de los intereses variables) marcaba tipos muy elevados. Esta circunstancia permitió a muchas entidades financieras comercializar sus préstamos con el índice IRPH, aparentemente más beneficioso para sus clientes que el EURIBOR. El IRPH era menos volátil que el EURIBOR, que había sufrido grandes variaciones en los años precedentes, y mantenía un valor más estable.

En años posteriores el EURIBOR bajó notablemente su valor, y consecuentemente también lo hicieron los intereses que pagaban aquellos consumidores cuyos préstamos estaban referenciados al EURIBOR. Pero no ocurrió lo mismo con el IRPH que mantuvo unos tipos de interés más elevados. Como resultado, los consumidores con préstamos hipotecarios referenciados al índice IRPH han estado pagando unos tipos de interés muy superiores.

El uso del IRPH estuvo bajo sospecha desde el inicio. Posteriormente los algunos tribunales comenzaron a declarar su nulidad por falta de transparencia y el Banco de España dejó de publicar el dato en noviembre de 2013.

Nulidad del IRPH

Los tribunales europeos inducen a los tribunales españoles para que declaren la nulidad del índice IRPH por falta de transparencia, aunque el camino no ha sido sencillo.

El IRPH ha sido cuestionado desde hace años. Las primeras reclamaciones efectuadas denunciaban que se trataba de un índice manipulable por las entidades bancarias, por ser éstas quienes aportaban la información necesaria de cálculo para obtener la cifra.

Las sentencias de los tribunales españoles eras dispares, mientras unos sostenían que el IRPH era nulo por abusivo, otros declaraban su validez y mantenían la vigencia de los préstamos con referencia a dicho índice.

El 14 de diciembre de 2017 el Tribunal Supremo se pronunció al respecto para unificar el criterio del resto de tribunales de menor jerarquía, considerando que no se trataba de una cláusula abusiva. Sorprendentemente, el Tribunal Supremo aseguraba que no era obligación del banco informar sobre los distintos índices para efectuar el cálculo de intereses, ni la diferencia entre el EURIBOR y el IRPH.

En aquella sentencia, dos magistrados efectuaron voto particular por estar en desacuerdo con el resto de magistrados, considerando que el IRPH es un índice complejo que requería de información por parte de la entidad bancaria para comprender su trascendencia económica en el pago mensual de las cuotas del préstamo en la duración del contrato.

Por suerte para todos los afectados, la reciente sentencia de 3 de marzo de 2020 del Tribunal de Justicia Europea determina que las entidades de crédito estaban obligadas a informar a los consumidores de cuál había sido la evolución del IRPH de las cajas de ahorros durante los dos años naturales anteriores a la celebración de los contratos de préstamo y del último valor disponible.

Con el fin de que el consumidor esté en condiciones de comprender el funcionamiento concreto del modo de cálculo del referido tipo de interés. Cuando el banco no pueda acreditar haber informado correctamente al consumidor, la cláusula IRPH deberá declararse nula por abusiva. Analizamos con detenimiento las consecuencias de esta sentencia en nuestro artículo La Sentencia del TJUE sobre el IRPH en profundidad.

Si deseas más información sobre la evolución de los criterios aplicado en España, te recomendamos nuestro artículo La evolución del IRPH por parte de los juzgados españoles.

Situación para los afectados

Se prevé que en España haya más de un millón de préstamos hipotecarios referenciados al índice IRPH, un volumen de afectados muy numeroso. Todos ellos han estado pagando en los últimos años unos intereses muy superiores en comparación con el resto de préstamos hipotecarios.

Tras la sentencia del Tribunal de Justicia Europea, se abre la oportunidad para que todos los afectados recuperen los importes cobrados por el banco de forma indebida, y paralelamente los bancos deberán reducir los importes cobrados en los recibos mensuales de hipoteca.

Si el banco se niega a ello podemos acudir a los tribunales de justicia.

¿Cómo averiguo si me encuentro entre los afectados?

El estudio para conocer si nuestro préstamo hipotecario se encuentra referenciado al IRPH es sencillo. Basta con analizar la escritura de préstamos hipotecario y comprobar el índice sobre el cual nuestro banco hace el cálculo de los intereses. Se trata de una información que necesariamente debe venir recogida en el contrato de préstamo hipotecario.

No obstante, en JLCASAJUANA ofrecemos ese estudio gratuito y sin compromiso para todos los afectados por el IRPH, de modo que puede enviarnos la escritura del préstamo hipotecario si desea que nuestro equipo de abogados lo analice por usted. Estaremos encantados de darle una respuesta inmediata e informarle de los derechos que le asisten en caso de ser uno de los afectados.

¿Cuál es la solución si soy un afectado?

La solución es presentar una reclamación judicial que persiga un triple objetivo:

  • Obtener por parte de los tribunales una declaración de nulidad de la cláusula contenida en nuestro contrato de préstamo hipotecario. La nulidad de esa cláusula no implica la finalización del préstamo ni afecta al contrato en sí. El préstamo hipotecario seguirá vigente, si bien las cuotas mensuales recogerán un importe inferior de intereses a partir de entonces.
  • Conseguir la devolución de los intereses indebidamente cobrados por parte del banco haciendo uso durante años de una cláusula que se ha considerado abusiva.
  • Rebajar el coste de los intereses restantes por pagar hasta la finalización del préstamo hipotecario.

Con anterioridad a la presentación de la oportuna reclamación judicial, enviaremos un requerimiento previo al banco solicitando la supresión de la cláusula que contiene el IRPH por ser abusiva. Previsiblemente los bancos seguirán negando este derecho a los afectados, viéndose en la necesidad de acudir a los tribunales.

¿Cuándo puedo reclamar?

La reclamación para conseguir la declaración de nulidad y devolución de los intereses excesivos puede efectuarse en cualquier momento. No prescriben los derechos de los consumidores afectados por una cláusula abusiva, y por tanto no afecta negativamente la antigüedad del préstamo. Al revés, cuanto más antiguo sea, más importe deberá cobrar el afectado.

Pueden reclamar también aquellos afectados cuyo préstamo hipotecario hubiese ya concluido.

El banco deberá retornar las cantidades debidamente percibidas, y además, los intereses devengados desde la fecha en que se abonaron las cuotas con importes excesivos.

Comienza los trámites para reclamar

Reclamación de indemnizaciones por hipoteca IRPH
Reclamación de indemnizaciones por hipoteca IRPH

Si eres un afectado ponte en contacto con nosotros. Somos un despacho con más de 40 años de historia, que estudia cada caso de forma individualizada. No somos una plataforma de reclamación masiva, nuestros abogados cuentan con dilatada experiencia y te ofrecemos la posibilidad de que nos conozcas personalmente lo deseas.

Puede interesarte:»Nulidad de la cláusula IRPH en las hipotecas»


José Luis Casajuana Ortiz
Socio de J. L. Casajuana y responsable del área internacional

19/03/2020

Deja un comentario

Artículos relacionados

Infórmese sin compromiso

¿DUDAS? PREGUNTA A NUESTROS EXPERTOS

    En virtud de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, CASAJUANA ASESORES S.L.P le informa que sus datos personales incorporados en este formulario, serán incluidos en un fichero creado bajo nuestra responsabilidad, con la finalidad de comunicarnos con usted para llevar a cabo el mantenimiento y control de la relación negocial que nos vincula y podrán ser cedidos a terceros para gestionar la relación negocial.
    Según el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y supresión dirigiéndose por escrito a CASAJUANA ASESORES S.L.P en la Calle de Diego de León, 47, 28006, Madrid o al correo electrónico despacho@jlcasajuana.com

    SUSCRÍBETE A NUESTRO NEWSLETTER

      Nombre (requerido)

      Email

      Temas de interés

      Scroll al inicio
      Abrir chat
      1
      Escanea el código
      Hola
      ¿Tienes dudas? Pregúntanos sin comproiso.