ASESORÍA LEGAL FRENTE AL COVID-19

ASESORÍA LEGAL FRENTE AL COVID-19

SUSPENSIÓN DEL PAGO DE RENTAS

Todos los comerciantes, bares, restaurantes, hoteles y demás empresas o autónomos con locales comerciales o establecimientos abiertos al público tienen derecho a suspender el pago de las rentas de alquiler mientras dure el estado de alarma.

saber más

SUSPENSIÓN DEL PAGO DE RENTAS

Todos los comerciantes, bares, restaurantes, hoteles y demás empresas o autónomos con locales comerciales o establecimientos abiertos al público tienen derecho a suspender el pago de las rentas de alquiler mientras dure el estado de alarma.

saber más

Importante

Esta suspensión en el pago no solo afecta a los días que resten hasta la finalización del estado de alarma, sino que puede retrotraerse desde el primer día.

La suspensión del pago de rentas no opera de forma automática sino que debe notificarse al propietario con las consideraciones que apuntamos en el informe que hemos confeccionado y que ponemos a su disposición.

dossier

Ponemos a su disposición un dossier informativo consistente en:

✔ Un informe jurídico explicando los derechos que le asisten para suspender el pago de alquileres de locales comerciales y establecimientos abiertos al público durante el estado de alarma. Explicación de requisitos para evitar una demanda de desahucio por falta de pago.

✔ Texto del requerimiento que necesitará enviar su empresa al propietario del local o establecimiento.

Documentación

Ponemos a su disposición la documentación necesaria para enviarle a su arrendador y evitar problemas futuros

Como comentamos anteriormente, la suspensión del pago de rentas no opera de forma automática sino que debe notificarse al propietario con las consideraciones que apuntamos en el informe que hemos confeccionado y que ponemos a su disposición.

Para acceder al dicha documentación, puede enviarnos un correo solicitándola a despacho@jlcasajuana.com o puede llamarnos al 914025196

¿TIENES DUDAS?

Consúltanos sin compromiso

91 402 51 96

Preguntas Frecuentes

✔ ¿A qué profesionales, autónomos o empresas puedes interesar este dossier documental?

A todos aquellos que tengan alquilado uno o varios locales comerciales establecimientos abiertos al público, y hayan tenido que cesar su actividad profesional por las restricciones aprobadas por el gobierno con motivo de la emergencia por el covid-19.

✔ ¿Qué incluye el dossier informativo y qué precio tiene?

Incluye un informe jurídico y un borrador de notificación al propietario del local comercial o establecimientos abiertos al público. El coste es de 148,76 € + IVA (180€ en total)

✔ ¿En qué consiste el contenido del informe?

Aportamos la información para que conozca sus derechos sobre la reducción o suspensión del pago de las rentas arrendaticias, y los pasos para notificar su decisión al propietario del local comercial o establecimientos abiertos al público que tiene arrendado usted o su empresa.

En el informe facilitamos las conclusiones de nuestro estudio y la base legal, doctrinal y jurisprudencial sobre la que sustentamos nuestro criterio jurídico.

✔ ¿Existe una ley que determine la respuesta a estas cuestiones?

No existe una norma que de manera expresa arroje una solución concreta a esta cuestión. Basamos nuestro informe y nuestras conclusiones en el estudio de normativa aplicable por analogía, tal y como permiten nuestros tribunales y avala nuestra doctrina jurídica. Existen precedentes de nuestros tribunales que en situaciones de fuerza mayor, como en la que nos encontramos, adoptan criterios equivalentes a los que proponemos en nuestro informe.

✔ ¿Existe ya un criterio al respecto por parte de los tribunales?

Los tribunales se encuentran inactivos en estos momentos por la situación de alarma en la que nos encontramos, no existe ninguna resolución que trate las consecuencias del covid-19. Sin embargo existen precedentes que analizan situaciones de fuerza mayor que nos ayudan a predecir cuál sería el criterio adoptado en esta situación de excepcionalidad.

✔ ¿Dónde y cómo recibiré el dossier informativo?

Lo enviaremos por email a la misma dirección desde donde nos remite el justificante de pago y sus datos de facturación, a menos que expresamente nos solicite recibirlo en otra dirección de email alternativa.

✔ ¿Me darán factura?

Por supuesto. Le enviaremos la factura por email a la misma dirección desde donde nos remite el justificante de pago y sus datos de facturación, a menos que expresamente nos solicite recibirlo en otra dirección de email alternativa.

✔ ¿Qué pasa si mi actividad no se encuentra incluida entre las prohibidas por el decreto aprobado por el gobierno durante el estado de alarma?

En tal caso puede solicitar información personalizada para su situación poniéndose en contacto con nosotros en el teléfono 914025196 o en la dirección de email despacho@jlcasajuana.com

Nota informativa para clientes

El R.D. 463/2020 de 14 de marzo declaró el estado de alarma con el fin de afrontar la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19. Una de las medidas adoptadas por el Gobierno para combatir esta plaga fue suspender la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas, con las únicas excepciones detalladas en su art. 10 relativas al suministro de bienes de primera necesidad.

Desde su entrada en vigor múltiples empresas y autónomos se han visto en la necesidad imperiosa de clausurar sus locales y cesar en su actividad. La cuestión que se plantea es si legalmente pueden rebajar o dejar en suspenso el pago de la renta a la propiedad quienes exploten dichos inmuebles en régimen de arrendamiento.

La presente situación que estamos padeciendo no tiene precedente en nuestra historia reciente. Es completamente novedosa. Y como tal ha de ser evaluada para adoptar una solución jurídica. En JLCASAJUANA hemos desarrollado un estudio concienzudo de la cuestión y hemos llegado a la conclusión de que las empresas y autónomos tienen derecho a repercutir sobre

Como exige el art. 3 del Código Civil, las normas han de interpretarse no sólo según su sentido propio sino también atendiendo a la realidad social del tiempo en el que han de ser aplicadas. Es aquí donde cabe un punto de apoyo sólido para la posición de los arrendatarios.

Hemos preparado un informe jurídico recogiendo las conclusiones de nuestro estudio, con el objetivo de dotar a empresas y autónomos de la información necesaria para adoptar las decisiones que correspondan. Igualmente hemos preparado un borrador de requerimiento por burofax que ponemos a disposición de los arrendatarios para comunicar su decisión al propietario del local establecimientos abiertos al público.

.

CONOCE A NUESTRO EQUIPO DEL DEPARTAMENTO CIVIL Y MERCANTIL

JOSÉ LUIS CASAJUANA ESPINOSA
JOSÉ LUIS CASAJUANA ESPINOSA
JOSÉ LUIS CASAJUANA ORTIZ
JOSÉ LUIS CASAJUANA ORTIZ
MARÍA OLIVARES SÁNCHEZ
MARÍA OLIVARES SÁNCHEZ
JOSÉ CARLOS ORTIZ MOLINERO
JOSÉ CARLOS ORTIZ MOLINERO
ALBA SACIDO JIMÉNEZ
ALBA SACIDO JIMÉNEZ
GUSTAVO LÓPEZ-MUÑOZ Y LARRAZ
GUSTAVO LÓPEZ-MUÑOZ Y LARRAZ

¿TIENES DUDAS?

Consúltanos sin compromiso

91 402 51 96

Información Importante sobre el COVID-19