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Medidas urgentes de apoyo al sector agrario para paliar los efectos económicos de la sequía

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Medidas urgentes de apoyo al sector agrario para paliar los efectos económicos de la sequía
Medidas urgentes de apoyo al sector agrario para paliar los efectos económicos de la sequía

Desde el pasado 30 de septiembre de 2021, las precipitaciones en toda España han sido casi un 40 por ciento menos del valor normal. Tal es así que la reserva hidráulica peninsular se encontraba en un 40 por ciento menos de la media de los últimos 5 años. En muchas zonas de España, como en la cuenca del Guadalquivir, del Guardiana, o en la Mancha entre otras, la situación es especialmente crítica. La sequía afecta a los cultivos de secano, de regadío y a la ganadería, tanto por insuficiencia del agua embalsada para atender a la demanda de riego, como por la escasez de las reservas en los acuíferos que proporcionan el agua para el riego, y evidentemente, por la propia aportación natural a los cultivos.

A las extremas condiciones que viene padeciendo el sector agrario como consecuencia del cambio climático, hay que añadir el incremento de costes de producción, los costes de energía y la situación en Ucrania, que están generando una situación extremadamente grave que amenaza a la viabilidad económica de muchísimas explotaciones y a su propia existencia como unidades productivas. Esto afecta gravemente a la economía de las comarcas esencialmente agrarias y ganaderas, pero también a otros muchos ámbitos que dependen directa o indirectamente del sector primario.

La situación actual del sector se ve agravada por la sequía de este año pluvial, lo que ha obligado que los poderes públicos hayan adoptado medidas para frenar esta situación, que se recogen, entre otras, en el Real Decreto-Ley 4/2022, de 15 de marzo, que aprueba una serie de medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía.

El Real Decreto recoge también medidas administrativas excepcionales necesarias para la gestión de los recursos hidráulicos que permitan suplir los efectos de la sequía, y medidas de apoyo a los titulares de derechos de uso de agua para riego incluidos en las zonas afectadas.

Se prevé en el contenido número I, la mejora en la dotación del Plan de Seguros Agrarios Combinados como primer mecanismo de respuesta a la situación existente. Una novedad importante es la creación de una línea de financiación a través de créditos bonificados, no reembolsables, y ciertas actuaciones en relación a la PAC.

En el ámbito de la Seguridad Social, las empresas incluidas en el sistema especial para trabajadores por Cuenta Ajean Agrarios, y en el RETA, que se encuentren al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social podrán solicitar un aplazamiento en el pago de las cuotas.

Se reduce el número de jornadas de 35 a 30 para que los trabajadores eventuales en las CCAA de Andalucía y Extremadura se puedan acoger al subsidio por desempleo y a la renta agraria. A su vez, se equipara la contratación de trabajadores fijos discontinuos y la contratación eventual, a los efectos de acceso y determinación del derecho a los subsidios indicados anteriormente. Los trabajadores fijos discontinuos que se encuentren en el régimen especial agrario en Andalucía y Extremadura podrán tener la consideración de fijos discontinuos a efectos de la protección por desempleo, siempre y cuando reúnan los requisitos previstos para cada supuesto.

Otra medida que cabe señalar es la reducción del 20 por ciento en el año 2021, del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva en IRPF y en el régimen simplificado del IVA para las actividades agrarias, que solamente ha tenido el precedente con la crisis sanitaria del COVID-19 en 2020.

La norma prevé en su artículo 5 la exención del IBI correspondiente al ejercicio 2022 para aquellos bienes inmuebles que sean propiedad de los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, y que se encuentren afectos al desarrollo de la actividad. Además, aquellos contribuyentes que pese a tener derecho a la exención, hayan satisfecho los recibos correspondientes al ejercicio 2022, podrán solicitar la devolución de las cantidades abonadas. Esta merma de ingresos que sufrirán los ayuntamientos, consejos insulares, cabildos etc., será compensada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación pone a disposición de los operadores agrarios afectados una línea de ayuda denominada “Línea Ico Mapa Saeca”, con el objeto de fortalecer la viabilidad y normal funcionamiento de las explotaciones agrarias afectadas con un límite del 10 por ciento del principal del préstamo o 10.000 euros de ayudas acumuladas para las operaciones de un mismo cliente.

Respecto a la financiación mediante avales de las explotaciones agrarias, el Ministerio de Agricultura podrá establecer dentro de sus competencias líneas de financiación de 2,7 millones de euros, en las que subvencionará, en régimen de concesión directa, el coste de los avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA).

Se establecen unas tarifas asumibles por los usuarios del regadío para el agua desalada en las IDAM y en las conducciones que deben salvar mediante elevaciones una gran diferencia de cota entre origen del recurso y demanda de destino.

Este paquete de medidas urgentes estará vigente hasta el próximo 21 de diciembre de 2022.

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Patricia Prendes
Directora del Departamento de Derecho Agrario

14/09/2022

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