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Conferencia en España sobre legalidad penal internacional

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Conferencia en España sobre legalidad penal internacional
Conferencia en España sobre legalidad penal internacional

El pasado 06 de septiembre, tuvo lugar en la Embajada de USA en España, la conferencia sobre legalidad penal internacional donde participaron el Magistrado Edward Prado del Quinto Circuito de Apelaciones de USA,  el Letrado de Ohio, Martin Pinales, ex presidente de la National Ass. Criminal Defense Lawyers y por el Letrado de Madrid Gustavo Lopez Muñoz y Larraz, Asociado al Departamento de Derecho Penal y Extradiciones del Bufete JL CASAJUANA.

Edward Prado es juez federal en la Corte de Apelación para el Quinto Circuito de USA, que se ocupa de los estados de Texas, Louisiana y Mississippi –en total hay 12 circuitos-. Su circuito está formado por 17 jueces, que cada mes se dividen en grupos de tres distintos para atender los distintos casos.

A diferencia de los jueces estatales, con mandatos de cuatro años y que se eligen democráticamente, los jueces federales son nombramientos vitalicios.

Tras la intervención del juez Prado, se abrió un coloquio con todos los asistentes a la sesión y el juez Prado respondió a las diversas preguntas que fueron formulando los asistentes.

Se plantearon diversas cuestiones relativas a si hay en EE.UU. diferencia entre jueces civiles y penales, a lo que el ponente respondió que a nivel estatal no hay especializaciones, a nivel estatal depende de la ciudad: si es grande, hay especialistas. A nivel federal, no hay distinción, a nivel estatal hay  alguna excepción como Texas, donde hay dos Cortes Supremas, una penal y otra civil. La mayoría, Ohio incluido, solo tienen una Corte Suprema”.

También hubo preguntas relativas a la independencia de los jueces respecto a los partidos que les nombran y a si alguien puede vetarlos basándose en eso?. El juez Prado comentó que el nombramiento es político, pero después de ser nombrado un juez no puede estar en nada político, tiene que vigilar sus amistades, en qué organizaciones se involucra… Yo tengo amigos en los dos partidos, pero no puedo ir a sus actos”. “No puedo decir que no haya cuestiones políticas en nuestras decisiones, pero por ejemplo, la semana pasada nos reunimos en la Corte de Apelación tres jueces, de distintos partidos, y en las 20 causas estuvimos los tres de acuerdo”, siguió. “A veces llegan cuestiones muy políticas, como una ley propuesta por los republicanos y aprobada en Texas para que hiciera falta mostrar un documento de identidad con foto para poder votar. La gente normalmente usa la licencia de conducción, pero la gente más pobre, que suele ser latina o de color, carece de ella, por lo que se presentó una demanda diciendo que la ley era discriminatoria contra la gente latina y de color.” “En primera instancia se dijo que era discriminatorio, que iba contra la Constitución. Tuvimos que reunirnos los 15 jueces del circuito, y el resultado fue de 9 a 6 a favor de la sentencia del juez de primera instancia. Los 6 en contra eran todos republicanos, pero de los 9 a favor, 6 eran demócratas y 3 republicanos”, señaló. Además, en el proceso de nombramiento de los jueces federales, en el Senado, los grupos de presión pueden dar su opinión sobre los candidatos. “Si un candidato es conocido por tener posiciones políticas, es más difícil que lo nombren juez”, señaló. En cualquier caso, dijo, los ciudadanos “tienen confianza y fe en el sistema. En la causa Bush vs. Gore, en las elecciones de 2004, se decidió por 5 votos a 4 que no había que repetir el recuento electoral en Florida. Los 5 votos eran republicanos y los 4 demócratas: a la mitad de la nación no le gustó la decisión, pero la aceptaron”.

Se trató también el tema de las cuestiones jurisdiccionales, en concreto sobre si los casos deben tratarse a nivel federal o a nivel estatal?  Prado respondió que “tiene que haber una ley federal pertinente para que llegue a la corte federal. El robo de un banco nacional, por ejemplo, puede ser estatal, porque es un robo, pero también federal. En ese caso el fiscal estatal y el federal –puesto que los jueces no son instructores en el sistema estadounidense- deben ponerse de acuerdo, y dado que las normas sobre pruebas son distintas en ambas legislaciones, pueden optar por aquel ámbito donde les vaya a ser más fácil defender su causa”.

Entrando en cuestiones sobre las sanciones por daños punitivos, Prado dijo que “deben ser suficientemente grandes para que el sancionado cambie su manera de actuar, pero no demasiado, para que no tenga que cerrar, si es una empresa”. Hubo también preguntas relativas a los equipos, a lo que Prado respondió que los jueces federales, como los estatales, disponen de equipos de law clerks, que están con ellos uno o dos años. Prado cuenta con un equipo de cuatro de ellos, que selecciona “entre 500 solicitudes. He tenido en mi carrera más de 75: algunos son profesores, otros jueces, otros abogados, fiscales… uno ha dejado el derecho y produce cerveza”, dijo, entre sonrisas. Asimismo, comentó,  los jueces disponen de equipos de investigadores que, una vez el jurado ha decidido si el acusado es inocente o culpable, estudian la vida del condenado –problemas de alcohol, drogas, antecedentes-, para decidir qué pena imponerle. La pena de muerte fue objeto de otra pregunta, Pinales explicó que “se está eliminando poco a poco, por diversas razones, entre otras que un proceso de pena de muerte cuesta al Estado 750.000 dólares –una cadena perpetua cuesta 300.000-, y preferiríamos destinar ese dinero a otros fines, como escuelas. Además, en ocasiones, se descubre antes de la ejecución, que el acusado es inocente. Muchos casos están basados en declaraciones de testigos”.

Recordaron Pinales y Prado que la gran mayoría de los casos en EE.UU. se resuelven por acuerdos entre el fiscal y el abogado defensor “El juez puede aceptar o no los acuerdos, pero como no conoce las pruebas del fiscal, ni sabe si son escasas, casi siempre acaba aceptándolos”. En todo caso, “al no ser instructores los jueces, las críticas cuando el Estado pierde los casos suelen ir al fiscal”.

También hubo preguntas relativas a: ¿Quién juzga a los jueces? “En el sistema federal hay un Consejo cuyo número de jueces depende del tamaño de población de la Corte del Circuito. El Quinto Circuito está  formado por ocho jueces de primera instancia y nueve jueces de apelación  Hay otros Consejos de diferentes tamaños”, explicó Prado. “Cualquier persona puede poner queja contra un juez; se le presenta al presidente del consejo, que también es presidente de la Corte del Circuito, y éste nombra una comisión”. El consejo decide si el juez es culpable o no, “pero no se puede imponer una pena muy grande a un juez federal, porque está de por vida. Se le puede hacer una amonestación privada, o pública, o una inhabilitación de 90 días, por ejemplo; en los casos más graves, un impeachment –proceso de destitución-, para que llegue al Congreso de EE.UU. y lo echen de su cargo”. Además, en Washington D.C. hay un grupo de jueces especializados en cuestiones éticas, al que se pueden hacer consultas como: “Soy miembro de un club que no acepta a gente de color…”

Resaltó Prado, de 69 años, que a los 65 “un juez se puede retirar, cobrando el mismo sueldo. ¿Por qué nos quedamos? Porque nos gusta el trabajo, la responsabilidad, el poder, el honor.”

14/09/2016

 

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